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Productos para infraestructura y calidad de energía

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Factor de potencia

Nuevas sanciones por factor de potencia

El acuerdo A/073/2023 establece un factor de potencia mínimo de 0.95 desde 2024 y de 0.97 para 2026 en los centros de carga a los que aplica la regulación.

¿Qué es el factor de potencia?

Es la relación entre la potencia activa (kW) y la potencia aparente (kVA). Indica qué tanto de la energía eléctrica se convierte en trabajo útil.

¿A quién aplica?

A centros de carga en media tensión con demanda igual o mayor a 1 MW y a centros de carga en alta tensión conectados al Sistema Eléctrico Nacional.

¿Cómo puede afectar?

Operar por debajo del mínimo establecido puede generar recargos adicionales en la factura de energía eléctrica; operar por encima puede generar bonificaciones cuando aplique.

Porcentaje de recargo o bonificación por factor de potencia
FP202320242026
0.475.00 %82.50 %85.50 %
0.548.00 %54.00 %56.40 %
0.630.00 %35.00 %37.00 %
0.717.14 %21.43 %23.14 %
0.87.50 %11.25 %12.75 %
0.90.00 %3.33 %4.67 %
0.910.27 %2.64 %3.96 %
0.920.54 %1.96 %3.26 %
0.930.81 %1.29 %2.58 %
0.941.06 %0.64 %1.91 %
0.951.32 %0.00 %1.26 %
0.961.56 %0.26 %0.63 %
0.971.80 %0.52 %0.00 %
0.982.04 %0.77 %0.26 %
0.992.27 %1.01 %0.51 %
12.50 %1.25 %0.75 %
RecargoBonificaciónSin recargo o bonificación

Los valores corresponden a la tabla del documento proporcionado. La selección del equipo requiere revisar el comportamiento de las cargas y la calidad de energía de la instalación.

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